viernes 26 abril 2024
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Novedades del Turismo Nacional

La Comisión Directiva del Turismo Nacional dio a conocer la creación de una subcomisión técnica y resoluciones del Tribunal de Ética y Disciplina aplicando sanción a un piloto de Turismo Nacional Clase 3

La Asociación Pilotos Automóviles Turismo (APAT), anunció la creación de una Subcomisión Técnica integrada por preparadores chasistas y motoristas.

  • 1. Se anuncia la formación de una Subcomisión Técnica que trabajará conjuntamente con el Departamento Técnico de la institución, integrado por los Sres. Luis Belloso, Damián Corba, Sergio Giacone, Rubén Guerini, Esteban Pou, Gabriel Rodríguez, Mario Riva, Sergio Torres y José Luís Villar. Dicha Subcomisión Técnica recibirá las consultas de los distintos equipos de competición en los siguientes contactos, y vía mail a subcomisiontecnica@apat.org.ar.
  • 2. Se recuerda la prohibición del uso de marcadores digitales de temperatura, tanto de agua /aceite, y presión de aceite / nafta. Se permite el uso del tacómetro SPA Design, el cual es analógico y en su interior posee un display digital. Será motivo de exclusión el no cumplimiento de esta normativa.

Tras una reunión virtual realizada en el marco de la emergencia sanitaria actual, el Tribunal de Ética de la Asociación Pilotos Automóviles Turismo (APAT), dio a a conocer la siguiente resolución:

  • Aplicar la sanción de MULTA al señor Juan Pablo Rossotti, por la cantidad de $30.000 (pesos treinta mil) que deberán ser cancelados en forma personal por el Señor Rossotti, mediante entrega por idéntico valor de alimentos no perecederos a la Fundación Los Carasucias, con domicilio sito en Cafayate 1976 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo hacer entrega a este Tribunal de constancia circunstanciada de su desembolso (mediante recibo, fotografías y/o video) dentro del plazo de 15 días de notificada la presente y bajo apercibimiento de suspensión por la cantidad de 4 (cuatro) carreras. Finalmente, el Tribunal hace saber que de conformidad con las disposiciones emanadas del art. 14 del Estatuto, la presente resolución podrá ser apelada dentro del plazo de 15 (quince) días contados desde su notificación, resultando requisito sine qua non para ello, el pago previo del monto de condena. En tal caso, el Recurso será tratado con efecto devolutivo por la próxima Asamblea, cuya resolución al respecto resultará definitiva.

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