viernes 29 marzo 2024
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Seguridad vial: Requisitos para conducir en las rutas de la Provincia de Córdoba

La Policía Caminera de Córdoba elaboró un instructivo con todos los requisitos para circular por las rutas de Córdoba. Los mismos son de alcance común para todo el parque automotor, tipificado en la legislación de tránsito vigente.

Cada falencia se reflejará en un Acta de Constatación labrada por la autoridad de control, notificando al conductor en el lugar.

Los requisitos para circular por la provincia de Córdoba, se detallan a continuación.

Requisitos para conducir:
Documentación.
1. Licencia para conducir: Debe estar en buen estado (con los datos bien legibles) y en vigencia. No mostrar este documento es infracción.

2. Cédula de identificación del automotor: Debe usarse únicamente por el titular del vehículo.

3. Tarjeta azul: Cumple la misma función que la cedula de identificación del automotor (tarjeta verde), emitida por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor (RNPA) pero el uso es exclusivo de la persona autorizada a conducir el vehículo. No tiene fecha de vencimiento. Si el titular registral viaja en el vehículo, no es necesaria dicha cédula para terceros, ya que con su sola autorización verbal es suficiente.

4. Seguro: Se solicita el comprobante de constitución de póliza de seguro, siendo obligatorio contar con la misma, y que esté en vigencia al momento del control.

Requisitos para circular:
Elementos de seguridad para coches.
1. Ocupantes: La cantidad de ocupantes permitida está determinada por el número de cinturones de seguridad que tenga el auto de fábrica, no se permite la instalación y/o modificación. Los menores, de acuerdo al peso y tamaño, deben viajar en sillas o butacas especiales.

2. Espejos retrovisores: Deben estar sanos los dos retrovisores externos, uno de cada lateral del rodado, sin obstrucciones para la visibilidad del conductor.

3. Baliza triangular: Puede ir guardada en el baúl hasta ser utilizada en caso de emergencia.

4. Menores de 10 años: siempre en el asiento trasero, excepto que utilicen un dispositivo especial (silla homologada) para hacerlo en el asiento delantero de acompañante.

5. Placas de dominio (patentes): Deben ir colocadas en el lugar reglamentario, con sus respectivas luces, y en perfecto estado, con el alfanumérico bien visible, sin acrílicos ni marcos cobertores.

6. Luces: A cualquier hora del día en rutas, llevar encendida la luz baja, las luces de posición y patentes. Deben estar limpias y en correcto funcionamiento: freno, retroceso, antiniebla, emergencia (aplicable a las luces indicadoras de dirección), baja, alta y posición.

7. Matafuego: Dentro del habitáculo, fijo y al alcance de la mano.

8. Cinturones de seguridad: todos los ocupantes deben tenerlos correctamente abrochados.

9. Sillas especiales para niños: Las personas menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero (excepto en dispositivo homologado), y los más pequeños en sillitas o con un booster que ayude a colocarse el cinturón de seguridad, dependiendo cada caso. Los bebés no pueden viajar en los brazos de un adulto.

Requisitos de motocicletas para circular en Córdoba:
1. Carnet de conducir para motos: La licencia para motociclistas debe estar en perfecto estado y sin modificaciones. Además, debe ser acorde la categoría con cilindrada de la moto.

2. Casco: Llevarlo puesto los ocupantes de la motocicleta, sin excepción, correctamente abrochados. Debe tener parabrisas o anteojos de seguridad normalizados.

3. Espejos retrovisores: El rodado debe posee los espejos retrovisores, fijos y amplios.

4. Ocupantes: La capacidad máxima de personas en una moto es de 2 (dos personas).

5. Luces: Las luces bajas deben estar encendidas a cualquier hora del día, y similar al punto 6 del punto anterior.

6. Documentación de la motocicleta: Igual a los puntos 1, 2, 3, y 4 del vehículo.

Requisitos para transporte de carga en las rutas de Córdoba:
1. No debe viajar gente en las cajas de camionetas o camiones, excepto con adaptaciones para la seguridad de las personas (cubierta de material, asientos abulonados hacia adelante o hacia atrás, con cinturón de seguridad)

2. Cubierta protectora obligatoria para transportar residuos, escombros y cargas a granel. Por exceso de carga debe tener un permiso especial.

Para tener en cuenta, en la provincia de Córdoba la no establece obligatoriedad para viajar con bolsa o sábana mortuoria ni chaleco refractario, al igual que tampoco botiquín de primeros auxilios y por ende la Policía Caminera no controla que tales elementos estén en el automóvil. Igualmente, se recomienda llevar éstos dos últimos (botiquín y chaleco) en el momento de viajar para cualquier situación que requiera utilizarlos.

Fuente: Policía Caminera Córdoba.

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